TRANSPARENCIA

TRANSPARENCIA CESESP

Por ley, las dependencias gubernamentales deben publicar (y mantener actualizada) la información concerniente a sus actividades, y hacerla accesible a los Ciudadanos.

Este mandato inicia en la Constitución (artículo 6, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos), y se replica en la Constitución de Nuestro Estado (artículo 19, fracción quinta, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala).

También puedes ver

Información clasificada como reservada o confidencial

Ver más

Metas y objetivos

Ver más

- CONSULTA A REPUVET AQUÍ